LUC. Contextos y pretextos de una reforma educativa

Alexis Capobianco

31 de enero de 2020 | Escribe: Alexis Capobianco Vieyto en Posturas

El proyecto de ley de urgente consideración (LUC) finalmente fue conocido, y confirmó muchas sospechas y reveló nuevos elementos que es necesario analizar. Que su contenido no haya sido comunicado en la campaña y fuera presentado recién en enero no es un hecho menor; en este mes las organizaciones sociales y políticas –así como los ciudadanos en general– se encuentran mayoritariamente en un impasse.

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Declaración del 7 de octubre de 1970

Los ciudadanos que suscriben, preocupados por la grave situación que le ha creado al país la aplicación sistemática de una política cuya regresividad y violencia no ha conocido precedentes en el correr de este siglo, y ante la oportunidad de la futura instancia electoral, declaran:

1) Que estiman indispensable la concertación de un acuerdo sin exclusiones, entre todas las fuerzas políticas del país que se opongan a la conducta antipopular y antinacional del actual gobierno, con vistas a establecer un programa destinado a superar la crisis estructural que el país padece, restituirle su destino de nación independiente y reintegran al pueblo la plenitud del ejercicio de las libertades individuaIes y sindicales.

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Declaración constitutiva del Frente Amplio

El Movimiento por el Gobierno del Pueblo, lista 99; el Partido Demócrata Cristiano; el Movimiento Blanco Popular y Progresista; el Frente Izquierda de Liberación ; el Partido Comunista; el Partido Socialista; el Partido Socialista (Movimiento Socialista); el Movimiento Herrerista, lista 58; los Grupos de Acción Unificadora; el Partido Obrero Revolucionario (Trostkista); el Movimiento Revolucionario Oriental y el Comité Ejecutivo Provisorio de los ciudadanos que formularon el llamamiento del 7 de octubre próximo pasado, reunidos a invitación del Frente del Pueblo, hemos convenido en formular la siguiente declaración política que constituye el primer documento del Frente Amplio.

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El Chasque Nº6

febrero 2020

Grito de guerra, síntesis superior de la conciencia popular, un 5 de febrero de 1971 se estampaba en el papel lo que amplios sectores populares de la sociedad venían expresando en la lucha concreta de todos los días. Grito de guerra que levantó aquella novel fuerza política y que puso los pelos de punta a los dueños del poder porque entendieron, que un pueblo consciente de su fuerza, es imparable.

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La Oración de Abril

El llamado Congreso de Tres Cruces -o Congreso de Abril– sesionó entre los días 5 y 21 de abril de 1813. El día inicial, Artigas leyó lo que se conoció como: La Oración de Abril

Ciudadanos: El resultado de la campaña pasada me puso al frente de vosotros por el voto sagrado de vuestra voluntad general. Hemos corrido 17 meses cubiertos de la gloria y la miseria, y tengo la honra de volver a hablaros en la segunda vez que hacéis uso de vuestra Soberanía. En ese período, yo creo que el resultado correspondió a vuestros designios grandes. El formará la admiración de las edades. Los portugueses no son los Señores de nuestro territorio. De nada habrían servido nuestros trabajos, si con ser marcados con la energía y constancia no tuviesen por guía los principios inviolables del Sistema que hizo su objeto. Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa por vuestra presencia Soberana. Vosotros estáis en el pleno goce de vuestros derechos: ved ahí el fruto de mis ansias y desvelos, y ved ahí también todo el premio de mi afán. Ahora en vosotros está el conservarlo. Yo tengo la satisfacción honrosa de presentaros de nuevo mis sacrificios y desvelos, si gustáis hacerlo estable.

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Instrucciones del año XIII

Congreso de Tres Cruces -o Congreso de Abril
Instrucciones que se dieron a los diputados de la Provincia Oriental para el desempeño de su misión en la Asamblea General Constituyente.

Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España, y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre ellas y el Estado de la España, es, y debe ser totalmente disuelta.

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Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el fomento de su campaña y seguridad de sus hacendados

1°. El señor Alcalde Provincial además de sus facultades ordinarias, queda autorizado para distribuir terrenos y velar sobre la tranquilidad del vecindario, siendo el Juez inmediato en todo el orden de la presente Instrucción.

2°. En atención a la vasta extensión de la campaña podrá instituir tres Sub-Tenientes de provincia, señalándoles su jurisdicción respectiva y facultándolos según este Reglamento.

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